En cada recinto de votación deberá contar con al menos una mujer militar para requisar a las sufragistas y a las que trabajan en los colegios electorales, a fin de evitar que estas sean víctimas de violencia en las elecciones presidenciales y congresuales del 19 de mayo.
Pese a que el 51% del padrón electoral (4,176,365), lo conforman mujeres, las que votaron en las elecciones municipales de febrero pasado, en su mayoría fueron requisadas por hombres, del equipo de la Policía Militar Electoral.
Esto lo corroboró la misión de observadores de la Organización de Estados Americanos (OEA), que sugirió incluir al menos una mujer la Policía Militar Electoral. La recomendación fue acogida por la Junta Central Electoral que al emitir la Resolución 18-2024, que establece el protocolo para la seguridad de la cadena de custodia y de los recintos electorales.
La OEA observó que en las elecciones de febrero pasado no en todos los recintos de votación estaban presentes mujeres pertenecientes al cuerpo de la Policía Militar Electoral. Producto de esto, constató que en los procedimientos de acceso a los centros de votación, las mujeres eran registradas por militares masculinos.
Asimismo, “la Misión considera que la presencia de mujeres dentro de las fuerzas de seguridad que custodian los lugares de votación facilitaría el acercamiento de las mujeres que pueden ser víctimas de violencia en el proceso del ejercicio del sufragio o del desempeño de sus funciones como autoridades de los colegios electorales” y ante esa realidad sugirió: “contar, al menos, con una mujer entre el personal de la Policía Electoral Militar en cada local de votación”.
La Junta estableció que entre las acciones que deberá ejecutar la Policía Militar Electoral está garantizar la seguridad interior y exterior de los recintos, para lo cual deberá tener la cantidad suficiente de miembros, entre ellos al menos una mujer en cada recinto.
“El día de las elecciones, la Policía Militar Electoral procurará que, en la medida de las posibilidades y disponibilidad en las puertas de entrada y salida de los recintos electorales esté deslingadas, conjuntamente con los militares de género masculino, al menos una miembro militar de género femenino, a los fines de que, en el proceso de revisión que se deba realizar en las puertas de los recintos electorales para descartar el porte de armas, se pueda garantizar el debido respeto y cuidado de la integridad y dignidad de las personas de género femenino que acudan a ejercer su derecho al sufragio el día de las elecciones”.
Resolución 18-2024
La resolución contiene otras acciones a ejecutar por parte la Policía Militar Electoral, como mantener despejadas las entradas de los recintos; no permitir el proselitismo de personas con distintivos y gafetes que hagan promoción o activismo a favor de partido políticos.
Tampoco serán permitida la instalación de carpas, mesas o cualquier estructura que facilite la gestión política o campaña electoral por parte personas, dentro, frente o en el perímetro de los recintos electorales.
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