La Oficina Judicial de Atención Permanente de la provincia La Altagracia dictó un año de prisión preventiva, como medida de coerción, en contra del pastor evangélico Víctor Manuel Kery, acusado de violación sexual contra varios menores de edad.
La jueza Francis Diloné declaró el caso complejo y dispuso que la prisión la cumpla en la cárcel Anamuya.
José Alfredo Javier, abogado de los familiares de dos de las víctimas que a la fecha se han querellado, calificó al imputado como psicópata, enfermo sexual, que representa un peligro para la sociedad.
Lamentó que en el país no se haya establecido la cadena perpetua para personas como Kery, por el daño causado a esos y otros menores, ya que se presumen serían siete las víctimas.
“Tantas víctimas una persona que se haya denominado a ser un representante de la fe, contra niños, contra adolescentes y aun en sus propias declaraciones no mostrar ningún tipo de arrepentimiento, sino más bien justificar que los niños tenían problemas de otra índoles que nada se corroboran nin justifica su accionar, entonces lo que se lamenta es que aquí, por ejemplo no exista la cadena perpetua” expresó.
Deploró la reiteración delictiva de es pastor, condenado por un caso similar y le habían suspendido la pena, la cual falta un mes para cumplir esa sentencia por un caso de esa naturaleza.
En torno a que si el imputado es positivo al VIH, el jurista dijo que no va a caer en las especulaciones porque no ha tendido en sus manos ninguna prueba serológica para corroborarlo, que eso lo ha visto en la prensa pero no lo tienen en los pliegos del expediente.
La solicitud del Ministerio Público fue acogida por el tribunal, tras valorar la gravedad de los hechos a través de las pruebas presentadas por los representantes de la Unidad de Atención a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales del municipio de Higüey.
Los fiscales a cargo del caso son Adivy Cedano Santana y Roberto Santos Pacheco, quienes presentaron los argumentos al tribunal para que se le impusiera prisión.
El Ministerio Público indica que Kery invitaba a sus víctimas a participar en diversas actividades de la iglesia, haciendo uso de la autoridad que tenía en la congregación, “forzándolos a sostener relaciones sexuales y amenazándolos con matarlos a ellos y sus familias si expresaban lo sucedido”.
De igual forma el Ministerio Público establece que estos hechos, muestran “Una evidente reincidencia en este tipo de comportamiento por parte del imputado”, quien en 2021, en virtud de la sentencia penal número 185-2021-SSEN-00372, emitida por la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, fue declarado culpable de cometer agresión sexual, prevista en los artículos 330 y 333 del Código Penal Dominicano, en perjuicio de otro menor de edad, de quien se omite el nombre para proteger su integridad.
Esta sentencia condenó a Víctor Manuel Kery a cumplir una pena de cinco años de prisión de forma suspendida y lo sometió a varias condiciones y reglas durante el referido periodo.
En esta ocasión, el Ministerio Público otorgó al hecho por el que se imputa a Kery la calificación provisional que contempla la falta en los artículos 330 y 333 del Código Penal Dominicano.
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